Hasta hace algunos años, para constituir una empresa como persona moral era necesario contar con un socio -al menos- y aportar un capital mínimo a la sociedad. Era casi impensable que un emprendedor formalizara su negocio bajo esta figura, sobre todo si recién iniciaba. Ante esta necesidad, en 2016 surgió un nuevo tipo de Sociedad Mercantil llamada Sociedad por Acciones Simplificadas (S.A.S.).
La Sociedad por Acciones Simplificadas surgió con el propósito de facilitar la constitución de una empresa, sus objetivos son:
Una Sociedad por Acciones Simplificada es una sociedad mercantil que puede ser constituida por una o más personas físicas. Permite la creación de una empresa como persona moral sin costo y de forma electrónica en el portal de la Secretaría de Economía. Solo se necesita la firma electrónica y autorización de uso o denominación social.
Esta es la mayor ventaja, ya que muchas veces lo que frena a los emprendedores para constituirse es que no cuentan con otro socio. En general, las sociedades mercantiles tienen como requisito contar con dos socios como mínimo y en este tipo de sociedad se abre la posibilidad a que se constituya con único fundador.
Este tipo de sociedad está diseñada para constituir micro y pequeñas empresas que facturen menos de cinco millones de pesos por año, donde la responsabilidad y participación se limita a los recursos aportados por cada socio, que son representados en acciones.
Al ser un trámite totalmente en línea, no hay necesidad de acudir a ninguna oficina y puede hacerse desde cualquier dispositivo electrónico a cualquier hora. Además, es de forma gratuita, ya que no genera gastos de constitución.
A diferencia de otras sociedades, en las Sociedades por Acciones Simplificadas no se requiere un capital mínimo ni fondo de reserva.
Permite la separación de tu patrimonio individual de aquel que aportes a la empresa.
Es importante saber que, aunque se dice que se puede crear en un día, esto no es totalmente cierto. Ya que se debe esperar a obtener la autorización de uso de denominación por parte de la Secretaría de Economía. Este proceso tarda entre dos y cuatro días hábiles aproximadamente y este es el paso uno para poder constituirla.
Asimismo, se debe tomar en cuenta que si se supera el monto de ingresos tope de la S.A.S, se deberá transformar a otro régimen societario. En caso de no llevar a cabo dicha transformación, el o los accionistas responderán frente a terceros, subsidiaria, solidaria e ilimitadamente, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad en que hubiesen incurrido.
Conoce aquí los otros tipos de régimen bajo los que puedes constituir una sociedad.
La administración de la sociedad debe desempeñarse por uno de los accionistas, quien también funge como representante. En caso de ser una sociedad unipersonal, el accionista único será quien ostente el cargo.
Si los accionistas quisieran adoptar otra forma de administración, como un consejo administrativo, por ejemplo; deberá transformarse a otro tipo de sociedad mercantil ante notario público.
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El administrador de la Sociedad por Acciones Simplificadas tiene la obligación de publicar en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía el informe anual de la situación financiera de la sociedad.
En caso de que no se presente durante dos ejercicios consecutivos, se procederá a la disolución de la empresa y la Secretaría de Economía emitirá la declaratoria de incumplimiento correspondiente. Esto con el fin de demostrar que no se está rebasando el tope máximo de ingresos anuales para continuar bajo este régimen.
Las sociedades por acciones simplificadas pueden constituirse mediante la plataforma electrónica de la Secretaría de Economía y donde están disponibles los formatos de estatutos.
En este portal llamado Tu Empresa, se puede tramitar la constitución de una S.A.S de manera gratuita. Este proceso te ahorra un estimado de entre 13,000 y 25,000 pesos en honorarios que suelen cobrar los notarios.
Al registrar tu empresa en dicha plataforma, quedará inscrita en el Registro Público de Comercio mediante una boleta digital que el propio sistema genera. De esta forma, la sociedad tendrá constancia de su existencia a través del contrato social y la boleta de inscripción que el sistema de la Secretaría de Economía proporciona.
Las personas morales que se constituyan como una S.A.S. podrán inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) mediante el portal Tu Empresa cumpliendo con lo especificado en la ficha de trámite 235/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC por las Sociedades por Acciones Simplificadas”.
En este tipo de sociedades, por lo general, se aplican las disposiciones que regulan a la Sociedad Anónima. Así como lo relativo a la fusión, transformación, escisión, disolución y liquidación, con excepción de aquellas cuestiones que sean contradictorias.
Constituir una Sociedad por Acciones Simplificadas te ayuda a terminar con las informalidades y proporcionar esa confianza a tus clientes al saber que te encuentras legalmente constituido como una persona moral lo cual te puede abrir muchas puertas.
Si necesitas ayuda con la orientación sobre qué tipo de sociedad necesitas, así como con la constitución de tu empresa en WORTEV estamos para asesorarte y guiarte. Nuestro propósito es ayudar a que tu empresa cumpla con la legislación vigente en México. Permítenos apoyarte en tu crecimiento empresarial.
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